¿Necesito autorización para colocar un toldo ?

Antes de dar una respuesta a la pregunta planteada, debes ser consciente de que la solución que vamos a ofrecer, a través de este artículo, es general, pues no analiza las concretas circunstancias de tu caso.

Además, desconocemos los Estatutos de la Comunidad de Propietarios de tu edificio y los acuerdos alcanzados en las Juntas celebradas en la misma.

Por lo que, la solución a tu caso, puede ser bien distinta a lo manifestado en este artículo, no obstante, vamos a tratar de responder desde la óptica exclusiva de la Ley de Propiedad Horizontal.

Por ello, si necesitas conocer la solución a tu problema, contacta con ANTÓN ABOGADOS y pon fin a todas tus dudas. Llamando al 965 13 32 38.

No obstante lo anterior, conviene señalar que antes de instalar el toldo, es esencial que compruebes el título, los estatutos o los acuerdos alcanzados en la Junta de propietarios, para conocer qué es lo que se ha acordado sobre la instalación de los toldos.

¿Necesito autorización para instalar el toldo?

Ante todo, debes saber que, de acuerdo con la normativa vigente, «…el propietario de cada piso/local debe dar cuenta al Presidente de la Comunidad de las obras que pretende llevar a cabo…»

Además, como es bien sabido, el régimen de la Ley de Propiedad Horizontal se basa en, la igualdad de derechos y obligaciones, de manera que, para que la instalación del toldo que pretendes realizar sea lícita:

  • no podrá perjudicar los derechos de otros propietarios,
  • ni alterar la seguridad,
  • ni la estructura,
  • ni la configuración o estado exterior del edificio.

Por tanto, dado que pretendes instalar en la fachada del edificio un toldo, será necesario solicitar la oportuna autorización comunitaria. Máxime, cuando la fachada constituye un elemento común que requiere dicha autorización.

¿Cómo debo solicitar dicha autorización?

Deberás enviar un escrito especificando tu intención de instalar el toldo en la fachada del edificio, así como la tela, las dimensiones, la forma, el tipo de soporte, el volumen del espacio y el color que quieres utilizar, con el fin de que la Junta de Propietarios, estudie y se pronuncie, al respecto.

Escrito que debes mandar al Presidente para que lo incluya en el orden del día de la siguiente Junta que se vaya a celebrar.

¿Qué debo tener en cuenta antes de instalar un toldo?

Deberás valorar y dar respuesta a todas estas preguntas:

  • ¿La Comunidad ha adoptado alguna decisión relativa al color y al modo en el que han de colocarse los toldos?
  • ¿Se permiten la instalación de toldos horizontales o verticales?
  • En el edificio en el que pretendes llevar a término la colocación del toldo ¿existen otros propietarios con estructuras similares? De ser así, ¿Han requerido consentimiento previo de la Comunidad? ¿Es una obra autorizada por Junta?
  • La instalación del toldo que pretendes colocar ¿Perjudica a alguno de los vecinos? ¿altera la estética global del edificio?

¿Qué consecuencias tendría si decido instalar el toldo sin respetar las normas estatutarias?

Al respecto, debes saber que tanto las normas estatutarias como los acuerdos válidamente adoptados obligan a todos los propietarios.  

Por tanto, si la Comunidad de Propietarios comprueba que estás incumplimiento, te requerirá para que retires la instalación no autorizada.

Si, a pesar de ello, persistes en el incumplimiento, la Comunidad podrá solicitar su retirada judicialmente.