Diariamente nos encontramos con actuaciones desafortunadas en los procesos judiciales, en los que gratuitamente se vierten manifestaciones injuriosas frente a las partes o terceros ajenos al proceso en cuestión.
Valiéndose para ello de la libertad de expresión, sin tener presente que, la falta de respeto ante los ofendidos, menospreciando su imagen y su honor, no puede sustentarse en el artículo 20 de la Constitución Española, pues este Derecho Fundamental, no es un derecho ilimitado, ni absoluto, ya que existen límites que han de cumplirse.
Antón Abogados se encuentra especializado en esta materia, por ello, siempre que nos encontramos con vertidos de esta naturaleza, llevamos a término las acciones pertinentes para conseguir las rectificaciones precisas, en interés exclusivo de nuestros clientes. Llama al 965 13 32 38 y trata de poner límite a dichas conductas.